Os presentamos en exclusiva este espectacular ático en el centro de Jerez de la Frontera ✨~~Espectacular ático situado en pleno centro de Jerez, una vivienda única que combina elegancia, confort y unas vistas panorámicas inigualables.~No tiene ascensor.~La vivienda dispone de:~~🛏️ Dos dormitorios amplios, muy luminosos, pensados para el descanso y la comodidad, con armarios empotrados.~~🛁 Dos baños completos, uno de ellos en suite con jacuzzi, ideal para disfrutar de momentos de relax en casa. El segundo baño cuenta con un diseño moderno y funcional.~~🛋️ Amplio salón con grandes cristaleras, que aportan una luz natural excepcional y permiten disfrutar de vistas abiertas de la ciudad. El salón cuenta además con chimenea, creando un ambiente cálido y acogedor, perfecto para cualquier época del año.~~☀️ Terraza privada, ideal para comidas al aire libre o momentos de descanso.~~🌇 Solárium exclusivo, un espacio privilegiado para tomar el sol, relajarse o disfrutar de atardeceres únicos sobre Jerez.~~🚗 Plaza de garaje incluida, un gran valor añadido en una ubicación céntrica.~~Una propiedad única, ideal para quienes buscan vivir en el centro con todas las comodidades y un toque exclusivo.~~Gastos e Impuestos~NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA~Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.~Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.~~En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.~El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.~Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la formalización del contrato.;