En un entorno natural privilegiado y perfectamente comunicado, se encuentra esta singular casona asturiana de 1940, protegida por Patrimonio y rehabilitada en 1970, conservando toda la esencia de la arquitectura tradicional asturiana y el carácter señorial de las históricas casas regionalistas e indianas.~~Ubicada en el centro de Asturias, a pocos minutos de Oviedo (15 km) y con excelentes conexiones con Gijón (27km) , Avilés (25km) y el Aeropuerto de Asturias, la propiedad combina la tranquilidad del entorno rural con la cercanía a todos los servicios en la capital del Concejo: Posada de Llanera (2 km) y Lugo de Llanera (4 km). ~~La vivienda cuenta con 194 m2 construidos distribuidos en tres plantas. En la planta baja dispone de salón-comedor, cocina independiente, baño y terraza. La primera planta alberga una luminosa galería orientada al sureste y tres habitaciones. La planta alta ofrece un amplio desván y una habitación adicional.~~Destacan su elegante fachada, la cubierta de teja a cuatro aguas, la galería acristalada y el cierre perimetral de piedra de cantería, elementos que le confieren una personalidad única.~~La propiedad se asienta sobre una magnífica finca de 4.818 m2, completamente cerrada, e incluye además un garaje independiente de aproximadamente 50 m2 y una caseta de aperos. La finca puede parcelarse.~~IBI: 260€ ~~La vivienda requiere una actualización parcial, ofreciendo una excelente oportunidad para adaptar y poner en valor una propiedad con historia, encanto y gran potencial en una de las zonas mejor comunicadas del centro de Asturias.~~En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación:~• Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la~Comunidad Autónoma del Principado de Asturias (generalmente el 8%), sin perjuicio de tipos reducidos del 3%, 4%, aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.~• Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.~• Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.~• Gastos de gestión (gestoría): Los gastos derivados de la tramitación administrativa de la compraventa, incluyendo la presentación y liquidación de impuestos y la inscripción en el Registro de la Propiedad, serán asumidos por la parte compradora, en caso de que decida encargar dichos trámites a un profesional, siendo su importe variable en función del profesional o entidad~designada para su realización.~• Honorarios Agencia del comprador: Se informa que eventualmente, podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos, en que se hubieran contratados servicios de encargo de compra (PSI), Personal Shopper Inmobiliario. NO VINCULADOS AL PRECIO DE COMPRA. Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en el Principado de Asturias, puede consultar el portal ofic.;