Te presentamos este apartamento de 82 m2, una vivienda que destaca por su extraordinaria luminosidad y sus impresionantes vistas abiertas.~~Al no tener edificios delante, desde la vivienda se disfrutan espectaculares vistas panorámicas al mar y a toda la bahía de Gijón, una perspectiva amplia, despejada y privilegiada que aporta una sensación única de amplitud, tranquilidad y conexión con el paisaje de la ciudad.~~Ubicada en La Braña – Pechera, una zona tranquila, residencial y muy bien conectada, ideal para quienes buscan vivir con calma pero a pocos minutos del centro de Gijón. Un barrio con servicios cercanos, transporte, zonas verdes y un ambiente agradable para el día a día.~~La vivienda se distribuye en 3 habitaciones, salón luminoso, comedor independiente, cocina independiente y un baño.~~Gracias a su quinta altura, la luz natural entra durante todo el día, creando espacios cálidos y agradables. Sus vistas abiertas al mar, al horizonte y al perfil urbano de Gijón convierten cada estancia en un lugar especial donde disfrutar del entorno.~~Una oportunidad perfecta tanto para vivienda habitual como para inversión, en una zona con gran demanda.~~💰 Precio: 198.000 €~~Un piso alto, luminoso y con vistas privilegiadas al mar y a Gijón que difícilmente te dejará indiferente.~~📞 Contacta para más información o concertar una visita.~~En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación:~* Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias (generalmente el 8%, sin perjuicio de tipos reducidos del 3%, 4%, aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.~* Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.~* Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.~* Gastos de gestión (gestoría): Los gastos derivados de la tramitación administrativa de la compraventa, incluyendo la presentación y liquidación de impuestos y la inscripción en el Registro de la Propiedad, serán asumidos por la parte compradora, en caso de que decida encargar dichos trámites a un profesional, siendo su importe variable en función del profesional o entidad designada para su realización.~* Honorarios Agencia del comprador: Se informa que eventualmente, podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos, en que se hubieran contratados servicios de encargo de compra (PSI), Personal Shopper Inmobiliario. NO VINCULADOS AL PRECIO DE~COMPRA.~Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en el Principado de Asturias, puede consultar el portal oficial.;