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Terreno en venta en Alcora (l ), L'Alcora

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Superficie

1655 m2 Construidos

Habitaciones

0

Baños

0

Planta

0

Iluminación

---

Ascensor

No

Certificación energéticaSI

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ConsumoG

EmisionesG

Descripción del Terreno

Terreno en venta en Alcora (l ), L'Alcora
Gran oportunidad de adquirir en propiedad este suelo urbano en venta, ubicado en la localidad de Alcora, provincia de Castellón. Dispone de buenos accesos y está bien comunicado. Suelo para la construcción de vivienda unifamiliar aislada.~~Referencia catastral: 7104208YK3470S0001MO.~~~Nazca Alliance Real Estate Co es una inmobiliaria de compra venta de propiedades en la provincia de Castellón. Nazca Alliance vende villas, adosados, apartamentos, pisos , dúplex, áticos , estudios, casas rústicas, suelo urbano y negocios de la provincia de Castellón Costa Azahar.~~Si quiere vender un inmueble o conocer otras ofertas de nuestro catálogo, solo tiene que dejarnos sus datos y nuestro equipo comercial se encargará de todos los trámites.~~Puede contactar con nosotros mediante el formulario de contacto de esta misma página, llamando al teléfono 964 860 708 o en nuestras oficinas de la Plaza Clavé, 30, en Castellón de la Plana.

Características

Conservación

---

Parking

---

Orientación

---

Trastero

No

Piscina

---

Jardin

---

Terraza

No

Aire Acondicionado

---

Calefacción

No

Energia Solar

---

Año de construcción

---

Equipamiento

No

Inmobiliaria que gestiona la propiedad

Nazca Alliance

Más información

  • Alarma: No

Fecha de publicación 02 de junio de 2025

(Actualizado hace 2 dias)

Ubicación

12110 l'Alcora CASTELLON Spain

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El impuesto se~devenga sobre el Valor de Referencia Catastral o el precio de venta, aquel que resulte superior.~Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del~ITP, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria autonómica en el siguiente enlace:~www.atv.gva.es/es/itpajd.~- Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado~en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel~Notarial.~- Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel~oficial establecido en el Anexo I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se~aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.~- Gastos de Gestión: Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e~inscripción registral, en el supuesto de ser a cargo de la agencia inmobiliaria, ascienden a 450€~(IVA incluido).~- Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el precio publicado.~- Honorarios Agencia del Comprador: Se informa que eventualmente podrían existir honorarios~profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos en que se hubieran contratado~previamente los servicios específicos del encargo de compra y en ningún caso estarán~vinculados al precio.~La agencia actúa exclusivamente como intermediaria en la operación. Cualquier compraventa y~sus condiciones quedan sujetas en todo caso a la aceptación expresa del propietario del~inmueble y a la posterior formalización del correspondiente contrato. El presente anuncio tiene~carácter meramente informativo; la información suministrada se corresponde con la disponible a~la fecha de publicación, pudiendo variar en función de las circunstancias o actualizaciones~legales, contractuales y fiscales. En cumplimiento de las obligaciones informativas de la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, y de la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los siguientes gastos e impuestos inherentes a la adquisición: * Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo vigente en la Comunidad Valenciana, generalmente el 10%, sin perjuicio de los tipos reducidos aplicables por las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble. Se devenga sobre el Valor de Referencia Catastral o el precio de venta, el que sea superior. Para información exhaustiva sobre su funcionamiento, tipos y bonificaciones, consulte el portal oficial de la Agencia Tributaria autonómica: [www.atv.gva.es/es/itpajd](http://www.atv.gva.es/es/itpajd). * Gastos de Notaría: Honorarios calculados conforme al arancel oficial del Anexo I del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel notarial. * Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial del Anexo I del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad. * Gastos de Gestión: Los honorarios por tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral, si son a cargo de la agencia inmobiliaria, ascienden a 450 € (IVA incluido). * Honorarios de la Agencia del Vendedor: incluidos en el precio publicado. * Honorarios de la Agencia del Comprador: Podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente si hubiera contratado previamente los servicios específicos del encargo de compra; nunca estarán vinculados al precio. La agencia actúa exclusivamente como intermediaria. Toda compraventa y sus condiciones quedan siempre sujetas a la aceptación expresa del propietario y a la posterior formalización del contrato correspondiente. Este anuncio es meramente informativo; la información facilitada es la disponible en la fecha de publicación y puede variar por circunstancias o actualizaciones legales, contractuales y fiscales.;

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El impuesto se~devenga sobre el Valor de Referencia Catastral o el precio de venta, aquel que resulte superior.~Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del~ITP, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria autonómica en el siguiente enlace:~www.atv.gva.es/es/itpajd.~- Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado~en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel~Notarial.~- Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel~oficial establecido en el Anexo I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se~aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.~- Gastos de Gestión: Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e~inscripción registral, en el supuesto de ser a cargo de la agencia inmobiliaria, ascienden a 450€~(IVA incluido).~- Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el precio publicado.~- Honorarios Agencia del Comprador: Se informa que eventualmente podrían existir honorarios~profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos en que se hubieran contratado~previamente los servicios específicos del encargo de compra y en ningún caso estarán~vinculados al precio.~La agencia actúa exclusivamente como intermediaria en la operación. Cualquier compraventa y~sus condiciones quedan sujetas en todo caso a la aceptación expresa del propietario del~inmueble y a la posterior formalización del correspondiente contrato. El presente anuncio tiene~carácter meramente informativo; la información suministrada se corresponde con la disponible a~la fecha de publicación, pudiendo variar en función de las circunstancias o actualizaciones~legales, contractuales y fiscales. En cumplimiento de las obligaciones informativas de la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, y de la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los siguientes gastos e impuestos inherentes a la adquisición: * Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo vigente en la Comunidad Valenciana, generalmente el 10%, sin perjuicio de los tipos reducidos aplicables por las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble. Se devenga sobre el Valor de Referencia Catastral o el precio de venta, el que sea superior. Para información exhaustiva sobre su funcionamiento, tipos y bonificaciones, consulte el portal oficial de la Agencia Tributaria autonómica: [www.atv.gva.es/es/itpajd](http://www.atv.gva.es/es/itpajd). * Gastos de Notaría: Honorarios calculados conforme al arancel oficial del Anexo I del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel notarial. * Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial del Anexo I del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad. * Gastos de Gestión: Los honorarios por tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral, si son a cargo de la agencia inmobiliaria, ascienden a 450 € (IVA incluido). * Honorarios de la Agencia del Vendedor: incluidos en el precio publicado. * Honorarios de la Agencia del Comprador: Podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente si hubiera contratado previamente los servicios específicos del encargo de compra; nunca estarán vinculados al precio. La agencia actúa exclusivamente como intermediaria. Toda compraventa y sus condiciones quedan siempre sujetas a la aceptación expresa del propietario y a la posterior formalización del contrato correspondiente. Este anuncio es meramente informativo; la información facilitada es la disponible en la fecha de publicación y puede variar por circunstancias o actualizaciones legales, contractuales y fiscales.;